Para tranquilidad de
la comunidad universitaria basadrina y de la ciudadanía en general, el dìa martes 06 de octubre 2015- fue oficializado en las páginas 563437 y 563438
del Diario Oficial “El Peruano” el nuevo Estatuto de la Universidad Nacional
Jorge Basadre Grohmann.
En forma explìcita y
tal como lo exige la nueva Ley Universitaria Nº 30220 en una primera parte
(pag. 563437) a la letra se expresa: “Aprueban
y promulgan el Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann y
aprueban cronograma de sufragio de estudiantes y docentes para elegir
autoridades y conformar órganos de gobierno” y se da a conocer a nivel
nacional todo el contenido de la Resoluciòn de Asamblea Universitaria Nº
01-2015-A.E.-UN/JBG. Seguidamente en las páginas Nº 563438 y 563439 se publica:
“OFICIALIZAN EL ESTATUTO APROBADO Y
PROMULGADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN” con todo el
contenido de la Resoluciòn Rectoral Nº 4916-2015-UN/JBG que resuelve:
Artìculo Primero.- Oficializar el
Estatuto aprobado y promulgado de la Universidad Nacional Jorge Basadre
Grohmann – Tacna, mediante Resoluciòn Asamblea Estatutaria Nº
01-2015-A.E.-UN/JBG y presentado por el Presidente de la Mesa Directiva de la
Asamblea Estatutaria de la UNJBG. Dicho Estatuto consta de trece (13) títulos,
con cuatrocientos treinta y nueve (439) Artìculos, màs un título catorce (XIV)
con cuatro (04) Disposiciones Complementarias, quince (15) Disposiciones
Transitorias, siete (07) Disposiciones Finales y una Disposiciòn Derogatoria,
el mismo que se encuentra debidamente firmado y rubricado por los miembros de
la Asamblea Estatutaria.
Artìculo Segundo.- Encargar a la
Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de Estatuto
oficializado en el Artìculo precedente.
Todo ello registrado,
comunicado y archivado por el Rector, Dr. Miguel Angel Larrea Cèspedes.
Mientras que hoy a las 12:00 horas se reúne el Comitè Electoral de la UNJBG, la Asamblea Universitaria Transitoria bajo la direcciòn del Dr. Pablo Edilberto Mamani Lòpez continùa en su labor de planificar nuevas plenarias para desarrollar acuerdos pendientes en las disposiciones complementarias, transitorias, finales y derogatorias.