Art. 53°.- Los docentes supervisores, estudiantes observadores, y administrativos de apoyo de los exámenes de admisión, serán seleccionados en acto público mediante sorteo y no podrán participar en más de una oportunidad durante un (01) año académico. En caso de no haber inscritos para el sorteo o no recabar su credencial en la fecha y hora programada, la Oficina Central de Admisión designará directamente al personal necesario.
Art.54.- No participarán en las labores del Examen de Admisión 2017, los docentes, personal administrativo y estudiantes de la UN/JBG que tengan:
a) La condición de postulante.
b) Parentesco de hasta segundo grado de afinidad y tercero de consanguinidad con los postulantes.
c) Presuntos intereses económicos, actividad docente o administrativa en academias de preparación universitarias u otros similares. En este caso, la Oficina Central de Admisión solicitará declaración jurada notarial para ser considerado en el sorteo.